Súmate publicó actas del 26S con votos en el exterior

Como parte de sus actividades de contraloría ciudadana electoral, Súmate ha procesado y publicado hasta la fecha las actas de escrutinio de las elecciones parlamentarias y al Parlamento Latinoamericano del 26 de septiembre.

Al mismo tiempo, esta organización ciudadana informa que por primera vez están disponibles las actas de escrutinio de los venezolanos en el exterior. Resultados que hasta la fecha se desconocen oficialmente, el CNE todavía ni los ha anunciado ni publicado en su página web.

Los electores, dentro de nuestro territorio como en el exterior, pueden acceder a las actas asociadas a su mesa de votación, que ha recibido Súmate gracias al trabajo de sus voluntarios y de las alianzas desarrolladas con las más diversas organizaciones políticas del país, entrando en su página web www.sumate.org.

En este sitio web pueden introducir su número de cédula de identidad en el campo digital identificado como “Búsqueda por Cédula” y también pueden visualizar el acta ubicándola a través de la identificación correspondiente en el campo “Búsqueda por Centro”.

Hasta la fecha, Súmate ha logrado procesar y publicar gran parte de las actas de las mesas y centros de votación de Alemania (Berlín), Argentina (Buenos Aíres) Austria (Viena), Barbados (Bridgetown), Bélgica (Brúcelas),  Brasil (Manaus), Canadá (Otawa y Toronto), Colombia (Medellín), España (Bilbao y Tenerife), Francia (Paris) Gran Bretaña (Londres), Nicaragua (Managua), Países Bajos (Aruba), Puerto Rico (San Juan), Suecia (Estocolmo), Suiza (Berna), Trinidad y Tobago (Puerto España), USA (Boston, Chicago, Houston, Miami, New York, San Francisco).

Súmate se hace solidario con la exigencia de los venezolanos en el exterior de saber oficialmente cuáles fueron los resultados de su votación, así como lo hemos exigido en varias comunicaciones dirigidas a los rectores del CNE. Ante esta ausencia de información, esta organización ciudadana le recuerda al CNE que está en la obligación constitucional y legal de publicar estos resultados, como lo establecen los artículos 292 de la Constitución y 155 de la Ley Orgánica de Procesos Electorales.