Por:
Carlos Casanova/ @CarlangasCACZ
Ana María Diez / @AnaMariaDiez
PREÁMBULO de la CRBV
El pueblo de Venezuela, en ejercicio de sus poderes creadores e invocando la protección de Dios, el ejemplo histórico de nuestro Libertador Simón Bolívar y el heroísmo y sacrificio de nuestros antepasados aborígenes y de los precursores y forjadores de una patria libre y soberana; con el fin supremo de refundar la República para establecer una sociedad democrática, participativa y protagónica, multiétnica y pluricultural en un Estado de justicia, federal y descentralizado, que consolide los valores de la libertad, la independencia, la paz, la solidaridad, el bien común, la integridad territorial, la convivencia y el imperio de la ley para esta y las futuras generaciones…. …en ejercicio de su poder originario representado por la Asamblea Nacional Constituyente mediante el voto libre y en referendo democrático.
Mediante el preámbulo se entiende que es un órgano jurídico establecido como “poder constituyente originario” donde haciendo referencia al artículo 347 CRBV se crea la “Asamblea Nacional Constituyente” con el objeto de transformar el Estado, crear un nuevo ordenamiento jurídico y redactar una nueva Constitución.
Eso quiere decir que se cambia:
– Formas de Estado distinto al establecido en la constitución del 99: Centralizado, Comunal (que no es más que Centralizado y organizado a su antojo).
– Formas de Gobierno distinto al establecido en la constitución del 99: Pasaríamos a ser una especie de Monarquía más aún, una Dictadura establecida legalmente, Unipartidista.
– Ordenamiento Jurídico distinto al establecido en la constitución del 99: Extinción de la propiedad privada, Impuestos Fuertemente progresivos, Abolición del derecho a la legítima (Derecho a herencia), Centralización de los medios de comunicación y de transporte, Distribución igualitaria del trabajo (No importa en lo que trabajes ganaras igual que todos), Educación “gratuita” combinada con producción industrial (Trabajo infantil, por ende inutilidad de la actual LOPNNA y protección integran de los Derechos especialísimos en materia de menores), Abolición de la Patria Potestad (Los padres perderán los derechos sobre sus hijos, ya hemos visto avances en esto con la Ley Orgánica de Educación del 2015).
– Los Posibles cambios son tomados como referencia de “Plan de la patria”, “El Manifiesto Comunista – Escrito por Marx y Engels”, “Reforma a la constitución 2007”.
¿Como se convoca una Asamblea Nacional Constituyente?
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